El Consejo de Administración de COOPSAR informa que:  en el día de ayer, jueves 13 de junio, recibió notificación de la medida judicial originada por la denuncia que llevara adelante el Ejecutivo Municipal a partir de la implementación del Traspaso de Costos en la factura del servicio de energía, llevada adelante a partir del mes abril 2024 por esta entidad.

Que, en este sentido el Juez: Subrogante, Marcelo Nicóttera, de Comodoro Rivadavia, ha decidido aplicar una multa a COOPSAR por el monto de 1.000.000 (un millón de Pesos) por cada día que nuestra Cooperativa no cumpla con retrotraer el precio de la energía de su actual valor de 45 $/KW a 9 $/Kw.

Que, para llevar adelante este cambio en la factura de energía, se tuvo en cuenta que los pedidos de tarifas al Concejo Deliberante de Sarmiento han sido ignorados desde el mes de noviembre del 2023, y fueron nuevamente solicitados por COOPSAR en el transcurso de este año sin que los actuales Concejales asuman la responsabilidad de tratarlos como establecen las normas, conociendo que -previo a abril-   la Cooperativa vendía la energía a 9 $/Kw adquiriéndola a más del doble de ese valor situación que, llevaría a nuestra cooperativa a la imposibilidad plena de pagar salarios o insumos mínimos para la distribución del Servicio eléctrico y a su eventual quiebra con la suba del valor Cammesa. Al comparar con otras ciudades vecinas este valor oscila entre 80 y 120 $/Kw, revelando la disparidad de tarifas en el territorio provincial.

Que, ante la imposibilidad de establecer un diálogo productivo con las integrantes del Concejo Deliberante respecto a la aprobación de un nuevo cuadro tarifario, COOPSAR presentó ante ese cuerpo legislativo la solicitud de aprobación del traspaso de Costos que tampoco consiguió tratamiento. Desde las entidades vinculadas a la Provisión de Servicios Públicos y mediante el asesoramiento legal de abogados expertos en estas materias, se informó que el traspaso de Costos debe ser aplicado desde el seno de las distribuidoras por normativas y leyes vigentes.

COOPSAR, definió aplicar la Resolución 07/2024 de la Secretaría de Energía de Nación, que determina que las distribuidoras “deban cobrar el costo de la energía en su factura”, avalado además por las normativas y leyes nacionales que se aplican en prácticamente todas las distribuidoras a nivel nacional. Para aplicar el traspaso de costos se contó con el Asesoramiento directo de los letrados de: FACE (Federación Argentina de Cooperativas Eléctricas), en el Ente Regulador de Servicios Públicos de la Provincia de Chubut, (EPRESP) la Federación Chubutense de Cooperativas de Servicios Públicos (FECHCOOP) y otros entes vinculados a las cuestiones legales, en lo referente a Provisión de Energía.

Ante este panorama el Municipio de Sarmiento, en la figura del Ejecutivo, solicitó a principios de abril una medida judicial en contra de la Cooperativa, que la justicia recondujo como Recurso de Amparo y dictaminó que COOPSAR debía abstenerse de cobrar el costo de la energía al usuario, que debería seguir con el costo kw a 9 $ y devolver a los usuarios lo facturado en ese mes, medida que ha sido oportunamente apelada. La intención de ciertos sectores políticos que han dado sobradas muestras de dilatación de sus responsabilidades y facultades y, una clara muestra de intentar lastimar a la Cooperativa de Sarmiento, se manifiesta en esta denuncia lacerante que desoye argumentos. Si bien COOPSAR solicitó una reconsideración a la medida, desde el plano judicial se demoró en definir la resolución al conflicto.

Si bien a partir del mes de abril, y luego de incorporado el cobro del costo base en el servicio de Energía, la Cooperativa de Sarmiento pudo continuar operando y pagando los salarios a sus operarios, igualmente se volvió a solicitar el tratamiento de actualización de tarifas al Concejo Deliberante de Sarmiento, estando una vez más sin real tratamiento.

Cabe destacar que, esta acción emitida por parte de los diversos poderes estatales, pone en situación de peligro el abastecimiento de agua de las ciudades de: Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia y Rada Tilly como así también al sistema productivo local, sanitario, educativo comercial y domiciliario.

El Consejo de Administración sigue trabajando para evitar la continuidad de estos perjuicios, que constantemente hostigan nuestro normal funcionamiento. Llamamos a las partes a tomar conciencia de sus actos que resultan en un grave perjuicio para el conjunto de la comunidad.