El mes en curso durante el cual se solicite la baja definitiva será facturado en su totalidad, en tanto la facturación del servicio sea bajo la modalidad mes por adelantado. Es importante tener en cuenta que en el caso en que la baja se solicite con posterioridad al cierre de facturación de la empresa (por lo general entre el 15 y el 20 de cada mes) es posible que se facture al usuario el mes siguiente (por ejemplo si solicita la baja el 25/09 podría estar emitida la factura del mes de octubre y la baja técnica sería el 31/10).
Es importante que dichas condiciones sean consultadas ante la empresa e informadas al usuario y que las mismas estén expresadas en el contrato. Si posee un MODEM en comodato, el mismo deberá ser puesto a disposición de la empresa, una vez dada la baja del servicio.